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Ayudas económicas para la Asistencia a domicilio


Ayuda a domicilio

Materia

Servicios Sociales, Asistenciales y Protección Ciudadana

 
Objetivo.

Procurar una serie de apoyos y cuidados de carácter personal, doméstico y técnico a personas o familias con autonomía reducida, a fin de posibilitar la permanencia en su medio habitual de convivencia

 

 
Destinatarios.

- Mayores de 65 años con autonomía personal reducida o limitada.

- Personas menores de 65 años que padezcan alguna enfermedad o limitación física o psíquica que reduzca su autonomía personal.

- Familias con discapacitados, ancianos o enfermos a su cargo.

- Familias en situaciones de crisis temporal, en las que se dan circunstancias ( muerte, enfermedad de los progenitores, graves conflictos de convivencia ) que imposibilitan la atención adecuada de los menores en el medio familiar.

 

 
Requisitos.

- Estar empadronado en el Municipio dentro del ámbito, geográfico de la Comunidad de Madrid donde se solicite la prestación. Cuando se trate de personas mayores que residan temporadas con los hijos que no excedan de seis meses al año, o menores en régimen de acogimiento, será suficiente que los hijos o la familia acogedora estén empadronados.

- Obtener la puntuación mínima en los Baremos que reglamentariamente se establezcan para el acceso a la prestación.

 

 
Documentación a Presentar.

Solcitud, que según los casos se acompañará con la siguientes documentación:

- Fotocopia compulsada del DNI del solicitante o tarjeta de residencia.

- Certificado de empadronamiento con relación de la unidad convivencial.

- Libro de Familia.

- Justificantes de ingreso percibidos en los últimos doce meses anteriores al que se cursa la solicitud de todos los miembros de la unidad familiar.

- Declaración de la renta del último ejercicio. En su defecto certificación negativa de Hacienda a la que se acompañarán justificantes de cuentas bancarias.

- Certificado de Hacienda sobre bienes muebles o inmuebles.

- Informe Médico actualizado del facultativo correspondiente en aquellos supuestos en que se estime necesaria la verificación del grado de autonomía personal del solicitante.

- Cualquier otra documentación que, en función de la situación planteada y a criterio del Trabajador Social, se considere necesaria.

 

 
Tipo

Ayuda a domicilio

 
Presentación de Solicitudes.

- Centros de Servicios Sociales del Ayuntamiento donde esté empadronado el solicitante

 
Información Complementaria.

* PRESTACIONES:

- DE TIPO DOMÉSTICO:

Limpieza y mantenimiento de la vivienda.

Preparación de alimentos en el hogar.

Suministro a domicilio de alimentos preparados o servicios análogos.

Lavado, planchado y repaso de la ropa, bien dentro o fuera del hogar.

Adquisición de alimentos y otras compras por cuenta del usuario.

- PERSONAL:

Apoyo a la higiene personal.

Ayuda personal para aquellos usuarios que no puedan comer por sí mismos.

Apoyo a la movilidad dentro del hogar.

Acompañamiento fuera del hogar cuando éste resulte imprescindible para posibilitar la participación del usuario en actividades de carácter educativo, terapéutico o social así como el acompañamiento puntual en la realización de diversas gestiones: visitas médicas, tramitación de docimentos y otras de carácter similar.

Facilitación de actividades de ocio en el domicilio mediante la entrega de material para la realización de manualidades, así como prensa, libros juegos y otros materiales que se precisen para la realización de estas actividades.

Las actividades sanitarias quedan excluidas

 
Unidad Administrativa Responsable.

Consejería de Servicios Sociales

 
Referencia Legal (Normativa).

* DECRETO 88/2002, de 30 de mayo, por el que se regula la prestación de Ayuda a Domicilio del Sistema de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid ( BOCM de 10 de junio de 2002 ).

* ACUERDO de 11 de julio de 2002, por la que se corrigen errores del Decreto 88/2002, de 30 de mayo ( BOCM de 19 de julio de 2002 ).